El día de hoy se publicó la facilidad que permite timbrar Nómina 2018 que contenga "errores u omisiones" siempre y cuando se emitan amás tardar el 15 de Abril 2019 y se cancelen los anteriores. Es de suma importancia que, al aplicar esta facilidad, se realice un papel de trabajo indicando cada comprobante de nómina cancelado y el que lo sustituye. Esta facilidad no exime del ISR retenido por salario pendiente de pago o diferencias con actualización y recargos.
Fundamento legal:
Regla 2.7.5.7. publicado en la 10ma Modificación a la Miscelánea Fiscal para 2018.
Mayores Informes:
y/o al tel: 664 686.37.21
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